Al parecer, un 28% les suena muy poco a las autoridades, ya que la última propuesta, en este caso es de parte de los Ayuntamientos, busca la manera de que las empresas telefónicas de nuestro país paguen un 3% del total facturado a los ayuntamientos, debido al artículo 284 de la ley 176-07, el cual establece que toda empresa que utilize el espacio de un municipio deberá pagar a dicho municipio.
El lío comenzó de parte de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu), quienes alegan que el hecho de que las telefónicas paguen el 2% al Indotel, no impide que estas paguen el 3% del total facturado a los ayuntamientos "como lo estable el artículo 284 de la ley 176-07.
Las empresas telefónicas contrarrestaban explicando que el artículo 284 de la Ley Municipal 176-07 no es aplicable a las compañías telefónicas, según la jerarquía de las leyes, sino hay una derogación del artículo 4 de la Ley General de las Telecomunicaciones, el cual establece la reserva para que ese sector no sea gravado con impuestos locales.
Pero, al final de la discusión, y como todo triste desenlace que tienen éste tipo de confrontaciones en nuestro querido país, los afectados seremos los usuarios, ya que de parte de las telefónicas la idea es que finalmente, en caso de ser aprobado y legítimo, el impuesto municipal sería traspasado al consumidor, por lo que nuestras facturas de Internet, Telefonía Residencial, Telefonía Móvil, Telecable, entre otras, pasarían a pagar nó un 28% de impuestos, sinó un lindo 31% de impuestos, beneficiando al Gobierno con un 16% de ITBIS y un 10% de Consumo Selectivo, al Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones con un 2% y adicionalmente un 3% para los Ayuntamientos.
Aparentemente, en momentos de crisis, en vez de rebajas, lo que tendremos es un incremento en nuestras facturas... Las cosas de nuestro país...
El lío comenzó de parte de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu), quienes alegan que el hecho de que las telefónicas paguen el 2% al Indotel, no impide que estas paguen el 3% del total facturado a los ayuntamientos "como lo estable el artículo 284 de la ley 176-07.
Las empresas telefónicas contrarrestaban explicando que el artículo 284 de la Ley Municipal 176-07 no es aplicable a las compañías telefónicas, según la jerarquía de las leyes, sino hay una derogación del artículo 4 de la Ley General de las Telecomunicaciones, el cual establece la reserva para que ese sector no sea gravado con impuestos locales.
Pero, al final de la discusión, y como todo triste desenlace que tienen éste tipo de confrontaciones en nuestro querido país, los afectados seremos los usuarios, ya que de parte de las telefónicas la idea es que finalmente, en caso de ser aprobado y legítimo, el impuesto municipal sería traspasado al consumidor, por lo que nuestras facturas de Internet, Telefonía Residencial, Telefonía Móvil, Telecable, entre otras, pasarían a pagar nó un 28% de impuestos, sinó un lindo 31% de impuestos, beneficiando al Gobierno con un 16% de ITBIS y un 10% de Consumo Selectivo, al Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones con un 2% y adicionalmente un 3% para los Ayuntamientos.
Aparentemente, en momentos de crisis, en vez de rebajas, lo que tendremos es un incremento en nuestras facturas... Las cosas de nuestro país...

















2 Comentarios:
noviembre 20, 2008 11:56 AM
Viene vaselina!! Porque tal como mencionas, seremos los usuarios finales que llevaremos la carga impositiva.
noviembre 27, 2008 10:36 AM
Bueno Alee, lo que se esta cocinando tiene una dosis de veneno que los consumidores vamos a tener que chuparnos.
Que raro, no?
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